Derecho Civil

Embargos y Juicios Ejecutivos

Si te notificaron una demanda ejecutiva o un embargo, es importante actuar dentro de los plazos legales. Revisamos si la deuda es efectivamente exigible por esa vía y qué defensas puedes oponer.

Si en cambio buscas cobrar una deuda que te deben, revisa nuestra página de Cobro y Defensa de Deudas.

¿Cuándo deberías consultar?

  • Te notificaron una demanda ejecutiva y no sabes si la deuda puede cobrarse por esa vía.
  • Decretaron un embargo sobre bienes que consideras que no debieron embargarse.
  • Crees que la deuda está pagada, prescrita o mal calculada.
  • Quieres solicitar el alzamiento o la sustitución de un embargo.

Cómo funciona el proceso

01

Revisión del título ejecutivo

Y de si cumple los requisitos legales para cobrar por esta vía.

02

Análisis de excepciones

Pago, prescripción, nulidad de la obligación, falta de requisitos del título, falta de legitimación, compensación u otras según el caso.

03

Revisión del embargo

Y de la posibilidad de solicitar su alzamiento o sustitución.

La defensa debe realizarse oportunamente, porque los juicios ejecutivos tienen plazos procesales especialmente breves.

Preguntas frecuentes

Primero se revisa si la deuda puede cobrarse por esa vía y si el título ejecutivo cumple los requisitos legales. Según el caso, pueden oponerse excepciones como el pago, la prescripción, la nulidad de la obligación, la falta de requisitos del título, la falta de legitimación o la compensación.

En determinadas circunstancias sí, cuando existen bienes que no debieron ser objeto de embargo o antecedentes que permiten solicitar su alzamiento o sustitución.

Los juicios ejecutivos tienen plazos procesales especialmente breves, por lo que conviene buscar asesoría apenas se recibe la notificación.

¿Te notificaron una demanda ejecutiva o un embargo?

Los plazos en estos juicios son breves, conviene actuar pronto.